El ministro normalmente es el sacerdote. En caso de necesidad, es decir, cuando un niño o un adulto se encuentra en peligro de muerte y no es posible que el sacerdote esté presente, lo puede administrar cualquier persona, siempre y cuando tenga la intención de hacerlo y use la materia y la forma correspondiente. Y hay que notificar a la parroquia para que quede registrado y, en caso de que viva, para que pueda recibir la ceremonia del Bautismo solemne.
-Andrea García-
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